La Renta de Garantía de Ingresos es una prestación periódica de naturaleza económica, dirigida tanto a la cobertura de los gastos básicos para la supervivencia como a la de los gastos derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral, y destinada a las personas integradas en unidades de convivencia que no dispongan de ingresos suficientes para hacer frente a dichos gastos.
La Renta de Garantía de Ingresos (RGI) presenta dos modalidades:
1.- La Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social, dirigida a las personas que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo, cuando su nivel mensual de recursos computables no alcance el importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
2.- La Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo dirigida a complementar el nivel de recursos de las unidades de convivencia que, aun disponiendo de ingresos procedentes del trabajo, cuentan con un nivel mensual de recursos computables inferior al importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
281.400.000 €
de 25 de mayo, de la Renta de Garantía de Ingresos.
Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento del municipio de residencia del interesado.
Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento del municipio de residencia del interesado.
La Renta de Garantía de Ingresos es una prestación periódica de naturaleza económica, dirigida tanto a la cobertura de los gastos básicos para la supervivencia como a la de los gastos derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral, y destinada a las personas integradas en unidades de convivencia que no dispongan de ingresos suficientes para hacer frente a dichos gastos.
La Renta de Garantía de Ingresos (RGI) presenta dos modalidades:
1.- La Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social, dirigida a las personas que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo, cuando su nivel mensual de recursos computables no alcance el importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
2.- La Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo dirigida a complementar el nivel de recursos de las unidades de convivencia que, aun disponiendo de ingresos procedentes del trabajo, cuentan con un nivel mensual de recursos computables inferior al importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
Personas que:
1. Constituyen una unidad de convivencia (UC).
2. Figuren en el Padrón y tengan la residencia efectiva en cualquier municipio de la CAPV, con un año de antelación a la solicitud.
3. No dispongan de recursos suficientes para hacer frente a los gastos básicos para la supervivencia.
4. Sean mayores de 23 años. En la norma se contempla excepciones.
5. No ser usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente.
6. No encontrarse en prisión.
7. En el caso de disponer de ingresos de trabajo, no disfrutar de una reducción de jornada laboral o situa¬ción análoga, salvo circunstancias excepcionales.
Vinculación con el Convenio de Inclusión
La concesión de la Renta de Garantía de Ingresos estará vinculada al establecimiento, con la persona titular, de un Convenio de Inclusión cuyos contenidos, orientados a facilitar tanto su propia inclusión social y/o laboral como la del resto de los miembros de la unidad de convivencia, se definirán de mutuo acuerdo entre la persona titular y el Servicio Social de Base correspondiente
Tendrá derecho a recibir, mensualmente, una cantidad igual a la diferencia entre la cuantía de la RGI, (de las señaladas con posterioridad y que le corresponda según el número de miembros de su UC), y la cuantía mensual de recursos computables de que en conjunto dispongan en el hogar.
CUANTÍAS RGI PARA EL AÑO 2010
Nº DE MIEMBROS DE LA UC CUANTÍAS EN EUROS./MES
1 650,19
2 834,90
3 ó más 923,56
Las unidades de convivencia en las que hay beneficiarios de pensiones de vejez, invalidez y viudedad pueden complementar sus ingresos hasta las siguientes cuantías:
Nº DE MIEMBROS DE LA UC CUANTÍAS EN EUROS/MES
1 738,85
2 923,56
3 ó más 997,45
Subsidio complementario a monoparentales 47,29
La solicitud se podrá recoger en el Ayuntamiento correspondiente.
Se acompañarán los siguientes documentos: